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Compostellanum / Santiago de Compostela

 

Concilio legatino; 1125 (18 enero)

 

El 13 de diciembre de 1124 falleció el papa Calixto II, gran amigo y valedor del arzobispo compostelano Diego Gelmírez. Pocos días después, el 21 de diciembre, fue elegido para suceder a Calixto II, aunque no sin complicaciones, el cardenal Lamberto, obispo de Ostia, con el nombre de Honorio II. Desde entonces Gelmírez dejó de ser legado pontificio para las provincias de Mérida y Braga y con ello perdió la potestad de convocar en concilio a los obispos de ambas metrópolis. No obstante, la noticia de la muerte de Calixto II no llegó a Santiago de Compostela hasta la Pascua de 1125, que fue el 29 de marzo.

     Entre tanto, Gelmírez, considerándose todavía legado papal y sin que nos conste que nadie pusiese en duda tal prerrogativa, convocó a los obispos, abades, personas religiosas y a los condes y príncipes a un concilio que se celebraría en Santiago de Compostela el 18 de enero de 1125. No sabemos en concreto qué obispos asistieron, debido a la indeterminación del relato de la Historia Compostellana.

     Los temas tratados fueron los asuntos eclesiásticos, la paz entre el rey Alfonso y su madre la reina Urraca, así como entre los príncipes discordes entre sí. Finalmente pidió una campaña militar ofensiva contra los moros, para confusión del paganismo y exaltación de la cristiandad, prometiendo a todos los participantes la total absolución y perdón de los pecados. Para ello envió una carta, cuyo contenido presumiblemente se había aprobado en el concilio, en la que se concedía indulgencia plenaria a los reyes, condes y otros príncipes y también a los caballeros y soldados. Además, ordenó a los arzobispos, obispos, abades y a otros prepósitos de la Iglesia que predicaran y alabaran esta carta ante todo el pueblo con el fin de animarlos a la citada expedición.

     El concilio fue celebrado, según la Historia Compostellana, iuxta domini papae edictum, lo que podría hacer referencia a la bula Pastoralis officii de Calixto II, dictada en 1123, en la que se equiparaba la reconquista ibérica a la cruzada oriental, pero resulta que la persona prevista por el papa para ejecutar esta bula no había sido Gelmírez, sino el arzobispo Olegario de Tarragona.

     Tampoco consta que por estar vacante la sede de Toledo fuera autorizado por el papa para presidir un concilio de toda la Península Ibérica. Todo hace sospechar que Gelmírez, en la cumbre de su carrera eclesiástica, se extralimitó en sus facultades al dictar esta carta, aun en su categoría de legado pontificio.

     Resulta pintoresco que Gelmírez arengase a los participantes en esta cruzada a abrir un camino hasta el sepulcro del Señor a través de las regiones de España, más breve y mucho menos laborioso, idea, geográficamente hablando, nada exacta. Afirmación de Gelmírez que sólo podría admitirse si lo que pretendió decir fue que para ganar la indulgencia de la cruzada era más sencillo luchar contra los sarracenos en la Península Ibérica que hacerlo en Palestina.

     En todo caso, hay que destacar que en esta carta se expresa por primera vez en la Península Ibérica la idea genuina de cruzada, aunque Galicia estuviese a una distancia enorme, y no sólo geográficamente, de la frontera sur, y los intereses de Gelmírez no estuviesen precisamente centrados en la reconquista. Más que la cruzada, lo que parece importar al arzobispo compostelano es el ejercicio de poder que representaba el predicarla.

      Por último, otro de los aspectos destacables de esta carta es la ampliación de la indulgencia plenaria, que se concede no sólo a los que directamente luchen contra los sarracenos, sino también a cualquier hombre o mujer que no pudiendo ir a dicha expedición enviase caballeros o peones armados, sufragando los gastos según sus posibilidades.

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QQ.: Historia Compostellana 2.78, editado en: J. Justo Fernández, Los concilios compostelano medievales (1120-1563). Edición crítica, in: AHC 33 (2001)  316-318; E. Falque Rey (ed.), Historia Compostellana, Turnholti 1988 (= CChr.CM 70), 378-380; Traducido al español en Idem, Historia Compostelana, Madrid 1994, 452-455; E. Flórez (ed.), Historia Compostelana, in: España Sagrada 20, Madrid 1765, 427-430; M. Suárez - J. Campelo, (eds.), Historia Compostelana, o sea Hechos de D. Diego Gelmírez, primer arzobispo de Santiago, Santiago de Compostela 1950, 382-385.

Lit.: J. Tejada y Ramiro, Colección de cánones y de todos los concilios de la Iglesia de España y de América 3, Madrid 1851, 254-256; A. López Ferreiro, Historia de la S.A.M. Iglesia de Santiago de Compostela 4, Santiago de Compostela 1901, 111-114; A. G. Biggs, Diego Gelmírez. First Archbishop of Compostela, Washington 1949. Traducida al gallego en Idem, Diego Xelmírez, trad. por M. T. Fernández-Olmeiro y V. Arias, Vigo 1983, 155-158; J. M. Marillier, Concilio di Santiago de Compostela (1125), in: DizCon 5 (1967) 107-108; J. R. Barreiro Fernández, Concilios provinciales compostelanos, in: Compostellanum 15 (1970) 517; G. Martínez, Concilios nacionales y provinciales, Santiago 1125, in: DHEE 1 (1972) 556; R. A. Fletcher, Saint James's Catapult: The Life and Times of Diego Gelmírez of Santiago de Compostela, Oxford 1984. Traducida al gallego en Idem, A vida e o tempo de Diego Xelmírez, trad. por Henrique Monteagudo e Mª Xesús Lama, Vigo 1993, 359-361; A. García y García, Concilios y sínodos en el ordenamiento jurídico del Reino de León, in: El Reino de León en la Alta Edad Media, 1: Cortes, Concilios y Fueros (Fuentes y estudios de historia leonesa 48), León 1988, 424-425 y 485-487; J. Justo Fernández, Los concilios compostelanos de Diego Gelmírez, in REDC 58 (2001) 26-33; Idem, Die Konzilien von Compostela (1120-1563), Paderborn, etc. 2002 (= KonG.D), 51-55.

Justo Fernández, Jaime

November 2020

Empfohlene Zitierweise:

Justo Fernández, Jaime, “Compostellanum / Santiago de Compostela: Concilio legatino; 1125 (18. Januar)" in: Lexikon der Konzilien [Online-Version], November 2020; URL: http://www.konziliengeschichte.org/site/de/publikationen/lexikon/database/3971.html