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Compostellanum / Santiago de Compostela

 

Concilio legatino; 1122 (8 marzo)

 

Diego Gelmírez convocó, como legado pontificio para las provincias de Mérida y Braga y por consejo del rey Alfonso VII y de su madre la reina Urraca, a todos los obispos y abades de ambas metrópolis a un concilio que presidió en Santiago de Compostela, el 8 de marzo de 1122. Según la Historia Compostelana, acudió a él tal multitud de clero, pueblo y príncipes de Galicia que apenas cabían en la catedral. Estuvieron presentes los obispos Diego de Ourense, Alfonso de Tuy, Hugo de Oporto, Sancho de Ávila, Gonzalo de Coímbra y Munio de Mondoñedo, acompañados de sus abades.
     Faltó a la cita Gerardo de Salamanca, que había sido expulsado de su sede por Alfonso VIII el Batallador y se había refugiado en Santiago de Compostela al amparo de su arzobispo. Sin embargo, unos días antes del inicio del concilio había partido de la ciudad junto con la reina Urraca y a su servicio, con el beneplácito de Gelmírez. Tampoco asistió al concilio Pedro de Lugo, que debía obsequiar a la reina Urraca, recién llegada a su ciudad procedente de Santiago, pero en su lugar envió al concilio a los abades y clérigos de su diócesis para que le representaran y excusaran su ausencia.
     La diócesis de Astorga estaba vacante por la reciente muerte de su obispo Pelayo, sin embargo, asistieron al concilio todos los abades y clérigos de Astorga. A su vez el arzobispo Pelayo de Braga que estaba en los confines de Zamora y no podía asistir al concilio, envió a los abades y clérigos de su metrópoli.
     Los asuntos tratados fueron el bien de la Iglesia y el restablecimiento de la paz, en un momento en el que los tumultos, persecuciones y luchas internas de poder abundaban en los reinos occidentales de la Península Ibérica. Con toda probabilidad también se promulgaron las constituciones del concilio legatino de Sahagún, celebrado el 25 de agosto de 1121 por el cardenal y legado pontificio Bosón, quien envió una copia de sus constituciones a Gelmírez, indicándole que mandase que fuesen guardadas y observadas en las regiones de su jurisdicción. Entre los asuntos particulares que se trataron tuvo especial relieve el examen de la antigua contienda que mantenían las sedes de Braga y Oporto por cuestión de los límites entre sus respectivas diócesis. De hecho, ya en 1120, cuando Hugo fue a la corte pontificia como legado de Gelmírez para impetrar para él la dignidad arzobispal, llevaba también entre manos la cuestión de los territorios disputados entre su diócesis y las diócesis de Braga y la de Coímbra. El litigio entre Oporto y Coímbra se había solventado recientemente en el concilio celebrado en Sahagún, el 25 de agosto de 1121, presidido por el cardenal Bosón, pero no se había llegado a un acuerdo sobre los límites entre Oporto y Braga. El asunto debió suscitar una acalorada discusión en el concilio legatino de Santiago de Compostela de 1122 y es probable que los conciliares se trasladasen a Tuy el 13 de abril de dicho año para examinar más de cerca la cuestión.

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QQ: Historia Compostellana 2.52, edición crítica en: E. Falque Rey (ed.), Historia Compostellana, Turnholti 1988 (= CChr.CM 70). Trad. al español en Idem, Historia Compostelana, Madrid 1994, 390-91. Otras ediciones: E. Flórez (ed.), Historia Compostelana, in: España Sagrada 20, Madrid 1765, 339-40; M. Suárez - J. Campelo, (eds.), Historia Compostelana, o sea Hechos de D. Diego Gelmírez, primer arzobispo de Santiago, Santiago de Compostela 1950, 312-313.

Lit.: J. Tejada y Ramiro, Colección de cánones y de todos los concilios de la Iglesia de España y de América 3, Madrid 1851, 250-251; A. López Ferreiro, Historia de la S.A.M. Iglesia de Santiago de Compostela 4, Santiago de Compostela 1901, 56-57; A. G. Biggs, Diego Gelmírez. First Archbishop of Compostela, Washington 1949. Trad. al gallego en Idem, Diego Xelmírez, trad. por M. T. Fernández-Olmeiro y V. Arias, Vigo 1983, 147-148; J. M. Marillier, Concilio di Santiago de Compostela (8 marzo 1122), in: Dizionario dei Concili 5, Roma 1967, 105; J. R. Barreiro Fernández, Concilios provinciales compostelanos, in: Compostellanum 15, 1970, 517; G. Martínez, Concilios nacionales y provinciales, Santiago 1122, in: Diccionario de Historia Eclesiástica de España 1, Madrid 1972, 556; R. A. Fletcher, The episcopate in the kingdom of León in the twelfth century, Oxford 1978, 139; Idem, Saint James's Catapult: The Life and Times of Diego Gelmírez of Santiago de Compostela, Oxford 1984. Trad. al gallego en Idem, A vida e o tempo de Diego Xelmírez, trad. por Henrique Monteagudo e Mª Xesús Lama, Vigo 1993, 257, 296; A. García y García, Concilios y sínodos en el ordenamiento jurídico del Reino de León, in: El Reino de León en la Alta Edad Media, 1: Cortes, Concilios y Fueros (Fuentes y estudios de historia leonesa 48), León 1988, 419-420; J. Justo Fernández, Los concilios compostelanos de Diego Gelmírez, in: REDC 58 (2001) 24-26, Idem, Die Konzilien von Compostela (1120-1563), Paderborn, etc. 2002 (= KonG.D), 34-35.

Justo Fernández, Jaime

November 2020

Empfohlene Zitierweise:

Justo Fernández, Jaime, “Compostellanum / Santiago de Compostela: Concilio legatino; 1122 (8 marzo)" in: Lexikon der Konzilien [Online-Version], November 2020; URL: http://www.konziliengeschichte.org/site/de/publikationen/lexikon/database/3968.html